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Orilla Host

Guía legal para propietarios

Licencia turística en Andalucía: RTA, registro de viajeros y vecinos

Solo gestionamos viviendas con licencia. Esto es lo que necesita un piso turístico en Jerez, Cádiz y el resto de Andalucía, y quién se ocupa de cada cosa.

Ejemplo

Ficha legal de tu piso

Última revisión: 1 de octubre

RTA
VFT/CA/00000 · visible en cada anuncio
Registro de viajeros (SES.HOSPEDAJES)
6 huéspedes registrados este mes
Normas de la casa
enviadas y aceptadas por cada huésped
Comunidad de vecinos
sin incidencias

Los pasos, en orden

Los dos primeros pasos los da el propietario. Si todavía no tienes licencia, te orientamos sobre los pasos, pero no podemos prometerte que te la concedan y solo empezamos a gestionar cuando todo está en regla.

  1. 1

    Comprueba que tu vivienda puede destinarse a uso turístico: los estatutos y acuerdos de tu comunidad de propietarios y las normas de tu ayuntamiento.

  2. 2

    Inscríbela como vivienda con fines turísticos en el Registro de Turismo de Andalucía (RTA).

  3. 3

    Muestra el número de inscripción en cada anuncio, en Airbnb, Booking o cualquier otro canal.

  4. 4

    Comunica los datos de cada huésped al Ministerio del Interior (SES.HOSPEDAJES).


Qué exige la normativa y quién se ocupa

RTA — Registro de Turismo de Andalucía
Tu vivienda debe estar inscrita como vivienda con fines turísticos en el RTA, y su número de inscripción tiene que aparecer en cada anuncio. La inscripción es del propietario; nosotros comprobamos que está en regla y la mostramos correctamente en cada anuncio.
Registro de viajeros
Los datos de los huéspedes deben comunicarse al Ministerio del Interior (plataforma SES.HOSPEDAJES). Con Orilla Completa recogemos los datos en cada llegada y registramos a cada huésped por ti.
Comunidad de propietarios
Desde abril de 2025, la comunidad puede limitar o condicionar las nuevas viviendas turísticas del edificio por mayoría de tres quintos. Cuidamos la convivencia: verificamos a los huéspedes, les explicamos las normas de la casa y atendemos cualquier queja de los vecinos.
Normativa municipal
Cada ayuntamiento puede añadir sus propias reglas. Algunos, como Cádiz o El Puerto de Santa María, han congelado las nuevas licencias en determinadas zonas. Revisamos la situación de tu piso en el estudio gratuito.
Tasa turística
Si tu municipio aplica una tasa turística, nos ocupamos de gestionarla con cada reserva.
Requisitos de la vivienda
La normativa andaluza pide a las viviendas turísticas determinados equipamientos e información para el huésped, entre ellos las hojas de quejas y reclamaciones. Revisamos que tu piso los cumple antes de empezar.
Impuestos
Los ingresos del alquiler se declaran en tus impuestos (IRPF si resides en España; IRNR si no). No somos asesores fiscales, pero te damos toda la información ordenada para tu gestor.

Información general, no asesoramiento jurídico. La normativa cambia: comprobamos la situación de tu vivienda en el estudio gratuito.


Preguntas frecuentes

¿Gestionáis pisos sin licencia?

No. Solo gestionamos viviendas inscritas en el Registro de Turismo de Andalucía (RTA). Si la tuya todavía no lo está, te orientamos sobre los pasos, pero no podemos prometerte la licencia.

¿Puede mi comunidad de propietarios impedir el alquiler turístico?

Desde abril de 2025, la comunidad puede limitar o condicionar las nuevas viviendas turísticas por mayoría de tres quintos. Por eso conviene revisar los estatutos y los acuerdos del edificio antes de empezar, y cuidar la relación con los vecinos.

¿Quién comunica los huéspedes al registro de viajeros?

Con Orilla Completa lo hacemos nosotros: recogemos los datos en cada llegada y hacemos la comunicación en SES.HOSPEDAJES por ti.

¿Me ayudáis con los impuestos?

No somos asesores fiscales, pero cada mes recibes un informe con reservas, ingresos y gastos, para que tu gestor tenga toda la información ordenada.

Revisamos tu caso gratis

Cuéntanos cómo está tu piso. En el estudio gratuito comprobamos su situación y te decimos con claridad qué podemos hacer.

¿Tu piso tiene licencia turística (RTA)? *

* Campos obligatorios

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